Los proyectos de infraestructura suelen abrir discusiones complejas cuando inciden en comunidades indígenas, sobre todo en temas relacionados con el territorio, la consulta previa y la salvaguarda de sus derechos colectivos. En América Latina, uno de los episodios que mayor atención provocó fue el de las comunidades Ngöbe Buglé en Panamá, impactadas por la edificación de la represa Chan 75.
En este escenario, Loreto Ferrer integró el equipo de especialistas que intervino en una misión de verificación promovida por la Fundación del Consejo General de la Abogacía Española (FCGAE). El trabajo desarrollado sobre el terreno hizo posible registrar la realidad de las comunidades y preparar un informe jurídico y técnico acerca de los efectos del proyecto, prestando especial atención a su eventual avance ante instancias interamericanas de derechos humanos.
La labor de verificación realizada en Panamá
La misión tuvo lugar del 25 al 30 de enero de 2011 y estuvo conformada por abogados con experiencia en derechos humanos. Su propósito consistió en examinar directamente cómo se encontraban las comunidades afectadas por la construcción de la presa y contrastar la información oficial con lo observado en el terreno. Con ese fin, el equipo sostuvo conversaciones con autoridades, representantes de la empresa a cargo del proyecto, organismos internacionales y la Defensoría del Pueblo, tras lo cual se desplazó a Changuinola, en la provincia de Bocas del Toro, para recorrer las áreas impactadas.
Durante la visita, se recorrieron comunidades como Charco de la Pava y Valle del Rey, además de áreas de reubicación y espacios ya alterados por la obra. El contacto directo con las familias y con los líderes comunitarios fue una parte central del trabajo, porque permitió conocer de primera mano el nivel de tensión, vulnerabilidad y desarraigo que vivían muchas personas desde el inicio del proyecto.
Los principales ejes del informe sobre Chan 75
El estudio se estructuró alrededor de cinco ámbitos centrales: el derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado; la valoración de riesgos junto con el impacto social del proyecto; la restitución o compensación de los territorios; las acciones de reparación; y la participación de las comunidades en las decisiones y en los beneficios asociados al desarrollo hidroeléctrico. Estos puntos hicieron posible examinar el caso de manera integral, enlazando el marco jurídico nacional e internacional con la realidad constatada en el terreno.
Según informó Loreto Ferrer, el informe buscaba ofrecer una base jurídica sólida y documentada que pudiera ser útil tanto para las comunidades afectadas como para las instituciones responsables. El propósito no era limitarse a cuestionar el proyecto desde una posición abstracta, sino evaluar si la actuación estatal y empresarial había respetado derechos fundamentales de los pueblos indígenas, como la propiedad colectiva, la participación, la integridad personal y cultural, y la consulta previa.
Hallazgos clave sobre los derechos de las comunidades Ngöbe Buglé
Entre los hallazgos más destacados, el informe apunta a una carencia temprana en el reconocimiento de derechos, sobre todo vinculados a la personalidad jurídica de las comunidades y a la titularidad colectiva de sus territorios. Esta ausencia permitió que el proyecto progresara sin consultas adecuadas ni evaluaciones suficientes sobre sus efectos sociales y culturales.
Asimismo, se reunieron relatos que mencionaban situaciones de intimidación, aplicación desmedida de la fuerza, detenciones sin fundamento y procesos de negociación que no aseguraban que las familias afectadas pudieran tomar una decisión verdaderamente libre. A esto se añadieron dificultades en las áreas de reubicación, donde se detectaron fallas vinculadas al tamaño y la calidad de los terrenos, las oportunidades para la agricultura y la adecuación de las viviendas a la cultura Ngöbe.
Otro punto especialmente sensible fue el impacto moral y cultural del desplazamiento. La documentación del caso mostró afectaciones al tejido comunitario, pérdida de referencias territoriales y una demanda de reconocimiento público por los daños causados, más allá de las reparaciones materiales.
La eventual ruta ante organismos internacionales
Uno de los aspectos centrales del trabajo consistía en que el informe pudiera utilizarse como insumo si el caso llegaba a presentarse ante el sistema interamericano de derechos humanos. Bajo esa premisa, la recolección de testimonios y el examen detallado de documentos se volvían esenciales para respaldar un expediente con alcance internacional. “Resultaba fundamental reunir materiales que pudieran ser útiles si la Corte Interamericana optaba por admitir el caso. Por ello recopilamos testimonios, detectamos patrones de conducta, revisamos los contratos de reubicación y estudiamos las reformas legislativas más recientes”, señala Loreto Ferrer.
Este tipo de procedimientos requiere una documentación minuciosa, un examen técnico preciso y la habilidad de comprender tanto el entorno local como los estándares internacionales pertinentes. Por ello, lejos de tratarse de una acción aislada, el trabajo realizado en terreno junto con la preparación del informe se integra en una dinámica de cooperación internacional fundamentada en evidencia, criterios jurídicos y el entendimiento de realidades sociales complejas.
Un ejemplo específico inserto en una vivencia más extensa
La participación de Loreto Ferrer en esta misión evidencia una labor profesional estrechamente relacionada con la cooperación internacional, la elaboración de documentación técnica y el examen detallado de casos complejos en América Latina. No consiste únicamente en acompañar procesos desde el ámbito jurídico, sino también en aportar a que las vivencias de las comunidades se transformen en insumos valiosos para la incidencia institucional y la protección de derechos.
En conjunto, el caso Ngöbe Buglé y el informe acerca de Chan 75 evidencian que los equipos técnicos pueden asumir un papel significativo al evaluar disputas vinculadas con el territorio, los pueblos indígenas, el desarrollo y las instituciones internacionales.
